En Condestable Home Shop nos gusta hablar de todos los temas… ¡La información es poder! Hoy te contamos todo sobre los seguros de impago del alquiler, qué son y cómo funcionan.
Seguros de impago del alquiler. Qué son y cómo funcionan.
Cuando ponemos una casa en alquiler buscamos un perfil que nos guste y que se adapte a nuestras necesidades. Pero nadie nos puede asegurar nada y estar preparados ante cualquier imprevisto que pueda surgir es lo más recomendable.
Una de las soluciones más efectivas son los seguros de impago del alquiler. El público que más lo reclama es el pequeño propietario, porque a la hora de recibir ayuda legal o judicial es el que más suele necesitarla. Se trata de un seguro que el propietario contrata para cubrir todos los posibles problemas que puedan causar los inquilinos. Existente distintas formas de contratarlo. O con la inmobiliaria como intermediario, o directamente a la empresa de seguros.
¿Cómo funcionan los seguros?
En este caso es la aseguradora la que se encarga del estudio del aspirante a inquilino. Estudia posibles ratios de endeudamiento, situación laboral, nómina del interesado… etc.
Al igual que en los seguros de hogar o de coche, hay distintas pólizas que se pueden contratar en función de lo que queramos pagar y lo que queramos cubrir. Lo más común es contratar seguros que cubren el alquiler de hasta un año, siempre y cuando ese alquiler sea como mínimo a partir de un mes de arrendamiento. En el momento en el que el inquilino no paga su mensualidad, el propietario contacta con la aseguradora y es ella la que se encarga, en primer lugar, de mediar con el inquilino para evitar llegar a procesos judiciales. Si no pudieran conseguir resultados, entonces iniciarían un procedimiento vía judicial para poder sacar o conseguir que el inquilino pague lo que debe. El propietario puede recibir las mensualidades que le corresponde mes a mes, o todo junto una vez que se cierra el procedimiento.
Pero el seguro no solo incluye los impagos de las mensualidades, también puede incluir el cambio de cerradura, actos vandálicos que el inquilino lleve a cabo en la vivienda, etc.
Este tipo de seguros es bastante útil si tenemos en cuenta que al contratarlo contamos con defensa jurídica y con la mediación que puede realizar la aseguradora en caso de surgir discrepancias entre inquilino y “casero”.
Pero hablemos de lo que realmente interesa… el precio.
Se pueden elegir distintos tipos de seguro en función de los meses de impago que queramos cubrir. Lo más común es cubrir un año, porque los procedimientos judiciales se pueden alargar hasta los 9 o 10 meses. El precio de un seguro de 12 meses cuesta normalmente la mitad del alquiler de la vivienda que arrendamos. También hay seguros que cubren menos de 12 meses, y más de un año.
Esta claro que no siempre es necesario utilizar este tipo de seguros. En las ciudades más grandes (Madrid o Barcelona, por ejemplo) donde los alquileres pueden tener mayor rotación, puede ser un elemento importante a valorar por el propietario. Cada uno que elija en función a sus necesidades.
¡Nos vemos en la próxima entrada! 🙂